El contrato de arras penitenciales, es un contrato mediante el cual el Comprador procede a reservar, durante un plazo establecido, los bienes inmuebles que tiene intención de adquirir, entregando en contraprestación una cantidad determinada como señal. La señal se entrega en concepto de arras penitenciales, las cuales vienen reguladas en el artículo 1454 del Código Civil, que permiten desligarse del contrato celebrado, pudiendo rescindirse unilateralmente por el Comprador, allanándose a perder la cantidad entregad, o por el Vendedor, devolviendo el duplo de la cantidad percibida.